Un catálogo para demolerlos a todos

A poco más de 150 metros de la que fue mi “casa” (que, naturalmente no era mía sino alquilada y no toda, en el número 4 de “mi” Calle Libertad, un patio de vecinos de los tantos que hubo en el barrio de San Isidro –patios de vecinos fueron todos los números pares de mi calle, entre la calle Sevilla y la calle José Román–, demolido y reinventado y todavía en pie, como vivienda unifamiliar, puerta de calle, de dos plantas), se levanta la casa número 31 de la calle Regino Martínez donde, hasta hace unos días, abría sus puertas “El Violinista”.

Figura 1. La calle Ancha, en el primer cuarto del siglo XX. En la imagen, a nuestra izquierda,  parte de la fachada del Teatro Principal; a la derecha, en primer término, la casa número 31, en la que nació Regino Martínez y, en el cruce con la calle San Antonio, un solar vallado (postal de la colección del autor).

Hace al menos setenta años (que yo recuerde) las puertas las abría, bien temprano, la Palma Real, panadería y también pastelería, un palacio de chucherías y frutos secos a los ojos de los niños de la época, elemento singular de mi particular catálogo de edificios de valor sentimental.

En nuestra ciudad, como en cualquiera otra que se precie, toda la trama urbana se regula y se protege con las normas establecidas en sus planes de ordenación, elaborados conforme a las leyes vigentes. Otra cosa es que, en nuestra ciudad, los responsables de la ordenación urbana no apliquen sus propios planes.

El número 31, en la acera de la derecha, y los números 2-4 y 28, en la acera de la izquierda, son los únicos edificios de la hermosa calle Ancha que se conservan, milagrosamente; el primero sin catalogar y los otros dos catalogados. Los tres, de momento, protegidos.

Figura 2. En los años cincuenta la calle Ancha mantenía el mismo perfil que treinta años antes. En el solar de la acera derecha, aparece un edificio nuevo de dos plantas, y a mitad del segundo tramo de la calle, a la izquierda, se alza ahora el edificio del Banco de España (postal de la colección del autor).

Figura 3. La calle Ancha en los años cincuenta, vista desde su acceso norte. Al inicio de la acera de la derecha, se levanta el edificio que ocupa los números 2 y 4, catalogado (postal de la colección del autor).

Porque, en nuestra ciudad, la catalogación no siempre ha protegido el patrimonio inmobiliario. Pruebas de lo que digo son dos recientes casos paradigmáticos de la falta de respeto al planeamiento por parte de la propia administración municipal: el primero, la propuesta de descatalogación de Villa Patricia, presentada por el propio gobierno municipal, abortada gracias a la oposición ciudadana; el segundo, la inclusión de la casa Millán en el registro de solares, tras la demolición completa de su interior, con la connivencia del propio Ayuntamiento.

También en el pasado, actuaciones como las mencionadas han agredido al patrimonio catalogado: por peregrino que parezca, en el catálogo del Patrimonio Histórico Inmueble de la ciudad, incluido en el vigente Plan General Municipal de Ordenación Urbana de 2001 (PGMOU), figura como “edificio de notable interés arquitectónico” – con la referencia 3.53 – un edificio inexistente, denominado “edificio a reconstruir por acuerdo del Consejo de Gestión de la Gerencia Municipal de Urbanismo (Expte 163/99) en C/ General Castaños, Joaquín Costa y Teniente García de la Torre”, para reemplazar al edificio situado en la C/General Castaños, n.º 4, incluido en el Catálogo del PGOU de 1991 como elemento de interés singular, arruinado por el incumplimiento del deber de conservar de sus propietarios y demolido en su día.          


Figura 4. Detalle del balcón de la primera planta de la casa n.º 4 de la calle General Castaños (tomada de Aranda Bernal, A.M. & F. Quiles García (1999): Historia Urbana de Algeciras. Consejería de Obras Públicas y Transportes. Junta de Andalucía). 

Queda claro, pues, que en nuestra ciudad el hecho de estar catalogado no garantiza protección a un edificio, dicho lo cual debo añadir que ello no obsta para que cualquier edificio, catalogado o no, haya de ser conservado por su propietario en condiciones de seguridad, higiene y ornato, como exigen las leyes vigentes en materia de urbanismo, de manera que impida su ruina.

Es por eso por lo que, para poner orden en las ciudades, se elaboran y aprueban los Planes de Ordenación Urbana, exigidos por la legislación, cuyo cumplimiento garantiza la conservación y el mantenimiento del conjunto de las construcciones de todo tipo que constituyen la ciudad. El Alcalde y su concejal de Urbanismo tienen el deber de cumplir y hacer cumplir las Normas Urbanísticas del Plan, que reconocen el derecho para construir pero imponen las condiciones para hacerlo.

Figura 5. En noviembre 2018, en la calle Ancha, “estrechada” por la altura de sus edificios, (todos ellos fuera de ordenación) solo quedan de siglos pasados dos casas catalogadas y la casa natal de Regino Martínez (tomada de Google Earth Pro el 5 de noviembre de 2024).

En el caso que nos ocupa, en lugar de catalogar para proteger hay que exigir para conservar y, por tanto, reclamar a los propietarios los informes de las inspecciones técnicas reglamentarias, que, desde julio de 2012, son obligatorias para todo tipo de construcciones si tienen más de 50 años de antigüedad y se encuentran en municipios de más de 25.000 habitantes.

Figura 5.1. Parcela catastral del n.º 31 (tomada de la Sede del Catastro).

Figura 5.2. Situación parcela catastral del n.º 31 (tomada de la Sede del Catastro).
Por último, y no menos importante, es advertirles que, arruinada la vivienda, la nueva construcción que se pretenda deberá realizarse conforme al planeamiento vigente para los edificios del Centro Histórico, esto es: su altura deberá ser la de dos plantas y su patio habrá de tener una superficie mínima equivalente al 30% de la superficie de la parcela (PGMO Título X, Capítulo II), respetando, por supuesto, la fachada.

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